Reparan daño cinco personas imputadas por robo y son absueltas


Carlos Quintero J.

Cinco personas imputadas por el delito de robo fueron absueltas por una jueza de Control de Garantías del Primera Instancia tras celebrar un acuerdo reparatorio y ofrecer una suma simbólica, por concepto de reparación del daño causado, a la víctima.

El artículo 186 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece:

"Los acuerdos reparatorios son aquéllos celebrados entre la víctima u ofendido y el imputado que, una vez aprobados por el Ministerio Público o el Juez de control y cumplidos en sus términos, tienen como efecto la extinción de la acción penal."

En la audiencia, celebrada el viernes 22 del julio del presente, los abogados defensores de las personas inculpadas, Jorge Armando Onofre Cuellar y José Sotelo Salgado pidieron a la jueza, 
Guadalupe Delfina Arredondo García una salida alterna al proceso, a favor de sus clientes.

Onofre Cuellar argumentó a la juzgadora que el hecho por el cual, sus clientes fueron imputados, es un delito patrimonial cometido sin violencia aunado a ello se cumplía con los requisitos legalmente establecidos en la ley.

Tras escuchar al abogado defensor, Arredondo García preguntó a la mujer víctima si era su deseo otorgar el perdón, y si lo hacía sin ser obligada por su asesor o el agente del Ministerio Público.

-Sí su señoría, muchas gracias, todo está bien- declaró la afectada a la juzgadora al tiempo en que reconoció sentirse un poco contrariada pero segura de haber tomado la mejor decisión.

Aunque la juzgadora insistió a la víctima, una y otra vez, para darle más tiempo para reflexionar sobre su posición, la persona víctima insistió en que todo estaba muy bien.

Fue en ese tenor, que la jueza se dirigió a las personas imputadas: Alan Geovanny Legorreta González, Brandon Eduardo Hinojosa Ricardo, Francisco Javier Labastida Bahena, Jasón Márquez Legorreta y Raymundo Alejandro Márquez Legorreta.

-¿Están ustedes conscientes del alcance y de los efectos del acuerdo?- preguntó a cada uno de los inculpados, quienes contestaron de manera afirmativa.


Una vez que la autoridad judicial confirmó que se cumplieron con los requisitos establecidos, entre estos el pago simbólico de la reparación del daño, ordenó la extinción de la responsabilidad de penal de los cinco jóvenes, lo que concluyó con el conflicto entre las partes. 

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