Débil acusación contra implicado en homicidio de policía; denuncian familiares tortura.



Carlos Quintero J.

La acusación que la Fiscalía General del Estado (FGE) formuló en contra de Lucio M. M., inculpado por el homicidio Iván G. M., Policía del Mando Único, es endeble porque existe ambigüedad en la información no obstante, el mediodía del domingo, un juez de Control de Garantías ratificó como de legal su detención.
En la audiencia inicial celebrada ayer, a las 12:12 horas, el Agente del Ministerio Público informó al juez de primera instancia que el hombre de 26 años de edad habría sido detenido en flagrancia, a las 11:41 horas del jueves 3 de diciembre, por agentes de la Policía de Investigación Criminal de la Fiscalía de Homicidio.
De acuerdo con la puesta a disposición que dio a conocer el representante social ante la autoridad judicial, el hecho ocurrió entre las 09:00 y  11:30 horas en la calle Laurel esquina Zapote de la colonia Los Papayos de Cuernavaca.
Fue a las 11:35 horas del día referido que los agentes ministeriales escucharon "vía radio" el reporte de un enfrentamiento, entre elementos de la Policía Estatal Acreditable y personas civiles, y se informó que había dos personas muertas, y en donde se hallaban implicados dos vehículos.
Según la versión oficial se trataba de una camioneta Grand Cherokee, de color verde, y un automóvil blanco por tal motivo siendo las 11:43 horas los agentes arribaron al sitio y observaron que dos vehículos que se retiraban del lugar al tiempo en que "testigos" les gritaron: "Ahí van, allá van los agresores".
Los policías ministeriales observaron un auto Seat Cordoba, de color blanco, y una camioneta verde por tal motivo iniciaron la persecución, dándole alcance carro, y le ordenaron al conductor que se detuviera por ese motivo paro la marcha pero al descender intentó correr.
Uno de los agentes logró someter al presunto, quien posteriormente se identificó como Lucio M. M., y fue puesto bajo custodia del agente del Ministerio Público y señalado como responsable del delito de homicidio calificado y tentativa de homicidio.
El juez de control preguntó al Agente del Ministerio Público sobre quién reportó por radio el incidente y quién dijo a los policías ministeriales que los responsables huían a bordo de los vehículos, es decir que persona lo señala como participante en el hecho.
- Fueron personas que se hallaban en el lugar, su señoría, no se detuvieron a entrevistar, y fue por radio como se enteraron.
Al respecto, el abogado defensor cuestionó que la información de la Fiscalía era ambigua ya que no da a conocer quién denuncia el hecho y ni si quiera se identifican a los responsables del hecho porque no dan a conocer las características de los mismos.
El abogado de oficio informó al juez que el inculpado informó que elementos de seguridad pública lo habrían torturado por ese motivo presentó una queja ante la Comisión de Derechos Humanos, y al propio detenido le mostró algunas de las lesiones que aún tenía en el rostro, la espalda y la pierna.
Ante esta situación, el juzgador ordenó al Agente del Ministerio Público iniciar una investigación para deslindar responsabilidades aún así calificó de legal la detención del inculpado al justificar que: "muy probablemente intervino en la comisión de un hecho delictivo".       
El Agente del Ministerio Público precedió entonces a formular imputación en contra de la persona detenida, a quien señaló como responsable del atentado que sufrieron los policías, Iván G. P., Miguel Ángel V. G. y Luisa Araceli O. M.
Los tres se encontraban a bordo de un auto Tida Nissan, estacionado en la calle Laurel de la colonia Papayos.
El fiscal dijo que todo ocurrió cuando Iván G. P. bajo del carro oficial para orinar en un lote baldío y posteriormente al abordar el auto, una camioneta se le emparejó y del asiento del copiloto bajo un hombre armado que se dirigió a la ahora víctima y le dijo:
- ¿Qué madres buscan aquí? ¡órale dame tu radio!
Tras una discusión el pistolero le disparó a Iván mientras Miguel Ángel y Araceli alcanzaron abrir la puerta del auto y trataron de resguardarse de la balacera pero el primero de ellos resulto herido mientras la última salió ilesa.
Al escuchar la imputación en su contra, Lucio M. M. se reservó su derecho a declarar y solicitó la ampliación de su derecho constitucional a 144 horas para el desahogo de su audiencia de vinculación a proceso misma que fijó el juez para el próximo jueves.
Debido a que el delito por el cual es acusado el inculpado es considerado como grave y por tanto se establece de oficio la prisión preventiva, la autoridad judicial impuso dicha medida cautelar por el tiempo que lleve el proceso y no mayor a doce meses

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