Reclasifican de feminicidio a homicidio a procesado en crimen de Alta Vista
Carlos Quintero J.
Un juez de Control de Garantías dicto el auto de vinculación
a proceso penal en contra de Luis Enrique J. G. imputado por homicidio en
agravio de una mujer y su hija menor además del delito de aborto.
En la audiencia de vinculación celebrada a las 08:00 horas
del martes 05 de julio, el juzgador reclasificó el delito de feminicidio por
homicidio y fijo un plazo de tres meses para el cierre de la investigación,
mismo que vence el mes de octubre.
Lo anterior luego de que el abogado defensor, evidenció la deslealtad de la Fiscalía General del Estado (FGE) al
pretender tipificar el hecho por el cual de la persona imputada es acusada, por otro de
diversa índole.
El artículo 213 Quintus del Código Penal refiere que comete
el delito de feminicidio la persona que por razones de género priva de la vida
a una mujer, y existen razones de género cuando se acredite cualquiera de las
siguientes hipótesis:
"Hay o se haya dado, entre el activo y la víctima una
relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato,
noviazgo, cualquier otra relación de hecho"; entre estás que el cuerpo de
la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público.
La penalidad a quien comete el delito de feminicidio es de
una sanción de 30 a 70 años de prisión, mientras que en el caso del homicidio
la pena es de 15 a 30 años de cárcel.
El abogado sostuvo que no existieron razones de género, algún
vinculo de relación laboral, sentimental, noviazgo o sexual, y sólo se trata del
delito de homicidio, por pidió a la Fiscalía respetar el principio de
congruencia.
Derivado del argumento esgrimido por la defensa el juez de
Control de Garantías reclasificó el delito de feminicidio a homicidio y será en
un plazo de tres meses en que se continúe con la etapa intermedia, previa al
juicio oral.
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