¿Quién es el juez que conocerá el caso de Alejandro Vera?

Carlos Quintero J.

¿Cuál es el mecanismo que el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Morelos utilizó para seleccionar y designar a Adolfo González López como Juez de Control, Juicio Oral y Ejecución de Sanciones del Primer Distrito Judicial?

Es la pregunta formulada el viernes 28 de julio del presente, a través de la solicitud de información con número de folio 00579617, y que a más de un mes no responde el órgano colegiado, que por ley le corresponde la administración, vigilancia, y disciplina del Poder Judicial.

El Reglamento Interno del Consejo de la Judicatura establece, en el artículo 15, párrafo 3, que entre las atribuciones del órgano se encuentran:

“Acordar los nombramiento de los jueces y del personal jurídico de los juzgados, previa presentación de exámenes de oposición o concurso de méritos que determine, el Consejo; así como designar al personal de apoyo que permita el presupuesto asignado”.

Pero ¿por qué viene al caso? porque Adolfo González López será el juez que juzgará, el lunes 4 de enero del presente a Alejandro Vera Jiménez, Rector de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEM), por su probable responsabilidad en el delito de peculado.

Adolfo González es Maestro en Derecho Penal, ingresó al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) el 2 de octubre de 2000. Durante ese tiempo se ha desempeñado como Oficial Judicial, Actuario, Secretario de Acuerdos, Secretario de Juzgado, Secretario de Estudio y Cuenta de la Primera Sala según su currículo.

González López asumió el cargo de Juez de Control, en sustitución de Luis Jorge Gamboa Olea, quien el 4 de junio de 2014 fue designado Magistrado del TSJ; y hasta la fecha ejerce sin encontrarse debidamente legitimado ante la sociedad porque existe opacidad en su nombramiento.

En opinión de los especialistas, el conocimiento de cómo opera jurisdiccionalmente un tribunal de modo necesario genera seguridad jurídica, porque permite a los actores sociales verificar la manera en que los jueces resuelven los asuntos y prever con mayor claridad los efectos jurídicos de toda conducta social.

Desde esa perspectiva, hay interés en que los jueces se encuentren debidamente legitimados ante las partes en conflicto y la sociedad en general, con el objeto de que sus decisiones sean aceptadas y cumplidas. Así lo que define el Diccionario de Derecho a la Información, de Ernesto Villanueva.

“Precisamente a propósito de esta necesidad es que se ha formado una larga tradición orientada a garantizar que los jueces sean imparciales. Un pilar fundamental de dicha tradición es la independencia judicial. Sin embargo, la independencia por sí sola no es capaz de garantizar la existencia de una convicción en el sentido de que la justicia es imparcial”.

“Lo anterior tiene especial relevancia porque en un estado constitucional de derecho nos muestra a una institución encargada no sólo de resolver cuestiones que afectan la vida de los ciudadanos de manera inmediata sino también asuntos que tienen repercusiones sobre la vida pública en general”.


Ante este contexto es necesario conocer la manera en que se designó a Adolfo González, aunque cabe hacer mención que el miércoles 30 de agosto se buscó una entrevista directa con él juez pero se negó a dar respuesta a esa pregunta.

Comentarios

Entradas populares de este blog

La esposa incómoda del nuevo Fiscal de Morelos

Contador asesinado quería denunciar corrupción de notarios de Morelos

El prestigio del Notariado, en entredicho: Patricia Mariscal Vega