¿Quién es el juez que conocerá el caso de Alejandro Vera?
Carlos Quintero J.
¿Cuál es el mecanismo que el
Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Morelos utilizó para
seleccionar y designar a Adolfo González
López como Juez de Control, Juicio Oral y Ejecución de Sanciones del Primer
Distrito Judicial?
Es la pregunta formulada el
viernes 28 de julio del presente, a través de la solicitud de información con
número de folio 00579617, y que a más de un mes no responde el órgano colegiado, que por ley le corresponde la
administración, vigilancia, y disciplina del Poder Judicial.
El
Reglamento Interno del Consejo de la Judicatura
establece, en el artículo 15, párrafo 3, que entre las atribuciones del órgano
se encuentran:
“Acordar los nombramiento de
los jueces y del personal jurídico de los juzgados, previa presentación de exámenes de oposición o concurso de méritos
que determine, el Consejo; así como designar al personal de apoyo que permita
el presupuesto asignado”.
Pero ¿por qué viene al caso? porque
Adolfo González López será el juez que
juzgará, el lunes 4 de enero del presente a Alejandro Vera Jiménez, Rector
de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEM), por su probable responsabilidad
en el delito de peculado.
Adolfo González es Maestro en
Derecho Penal, ingresó al Tribunal
Superior de Justicia (TSJ) el 2 de octubre de 2000. Durante ese tiempo se ha
desempeñado como Oficial Judicial, Actuario, Secretario de Acuerdos, Secretario
de Juzgado, Secretario de Estudio y Cuenta de la Primera Sala según su
currículo.
González López asumió el cargo
de Juez de Control, en sustitución de Luis Jorge Gamboa Olea, quien el 4 de
junio de 2014 fue designado Magistrado del TSJ; y hasta la fecha ejerce sin
encontrarse debidamente legitimado ante
la sociedad porque existe opacidad en su nombramiento.
En opinión de los
especialistas, el conocimiento de cómo opera jurisdiccionalmente un tribunal de
modo necesario genera seguridad jurídica, porque permite a los actores sociales
verificar la manera en que los jueces
resuelven los asuntos y prever con mayor claridad los efectos jurídicos de
toda conducta social.
Desde esa perspectiva, hay
interés en que los jueces se encuentren debidamente legitimados ante las partes en conflicto y la sociedad en general,
con el objeto de que sus decisiones sean aceptadas y cumplidas. Así lo que
define el Diccionario de Derecho a la Información, de Ernesto Villanueva.
“Precisamente a propósito de
esta necesidad es que se ha formado una larga tradición orientada a garantizar
que los jueces sean imparciales. Un pilar fundamental de dicha tradición es la
independencia judicial. Sin embargo, la independencia por sí sola no es capaz
de garantizar la existencia de una convicción en el sentido de que la justicia es imparcial”.
“Lo anterior tiene especial
relevancia porque en un estado constitucional de derecho nos muestra a una
institución encargada no sólo de resolver cuestiones que afectan la vida de los
ciudadanos de manera inmediata sino también asuntos que tienen repercusiones sobre la vida pública en
general”.
Ante este contexto es
necesario conocer la manera en que se designó a Adolfo González, aunque cabe hacer
mención que el miércoles 30 de agosto se buscó una entrevista directa con él
juez pero se negó a dar respuesta a esa pregunta.
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